ACCESO Y ATENCIÓN A USUARIOS


El archivo cuenta con servicios de consulta física y en línea para instituciones académicas, editoriales, curadores e investigadores independientes, o cualquier persona interesada en las colecciones que resguarda. 

Procedimiento para el acceso:

  1. El usuario debe de ponerse en contacto con el archivo a través de correo electrónico, redes sociales o teléfono.

  2. El área de atención a usuarios solicita el llenado y el envío del formato elaborado para tales fines, con la intención de generar un historial sobre las consultas que se generan en torno al acervo.

  3. El acceso al catálogo puede ser (1) in situ o (2) remoto:

    a) El usuario puede hacer la consulta en sus instalaciones a través del apoyo de personal del archivo previa cita. Como no se cuenta con el catálogo completo de los diferentes materiales, es importante conocer el tema o intereses específicos del investigador para preparar con antelación los materiales y hacer más eficiente la búsqueda.

    b) Se ofrece la consulta en línea de originales análogos digitalizados a través de un usuario y una contraseña. En esta plataforma, se pueden consultar vía remota tanto las imágenes, como la ficha de catálogo de las mismas; las fotografías se despliegan en la pantalla y el usuario puede seleccionar lo que le interesa de acuerdo con dos criterios de búsqueda principales: lugar y fecha de toma.

  4. Una vez realizada la consulta, el interesado tendrá que enviar su solicitud con los números de registro de las imágenes al área de atención a usuarios, para que se pueda preparar la entrega de los archivos digitales, de acuerdo con las necesidades y especificaciones del usuario.

  5. El usuario deberá hacer el pago correspondiente por derechos de uso de las imágenes, de acuerdo con las tarifas establecidas que dependen del uso que se les dará a las mismas y que se le informarán con anterioridad. También se le solicitará, cuando menos, un ejemplar de las publicaciones en las que se use material del archivo. 

  6. El usuario debe entregar una carta donde se asiente el uso que se dará de las fotografías; y especificar que se otorgará el crédito al autor, tal como sea solicitado por el archivo (ya que es importante publicar los números de inventario en los pies de foto o en las cédulas de pie de objeto, con la intención hacer más eficiente la búsqueda en consultas posteriores, ya sean del mismo usuario o de algún otro).

  7. Una vez que el usuario acredite el pago de derechos, se le harán llegar los archivos digitales a la dirección de correo electrónico que indique y se procederá a emitir la factura en caso de que se requiera. 

  8. La gestión por los derechos de autor de terceros es responsabilidad única y exclusiva del usuario.